6. EL ABORTO

INTRODUCCIÓN

El aborto, la destrucción del embrión humano o feto, por largo tiempo se ha considerado según los estándares bíblicos como asesinato. La base de esta determinación es el sexto mandamiento y Éxodo 21:22-25. La «interpretación explicativa» de Cassuto de este último pasaje saca a la luz su significado:
Si dos hombres se pelean y llegan a hacerle daño sin intención a una mujer embarazada, y su hijo nace pero sin poner en peligro su vida es decir, ni la mujer ni el niño mueren, el que le hizo daño es castigado con una multa.
Pero si hay algún daño, es decir, si la mujer muere o el hijo muere, se exigirá vida por vida.
El comentario de Keil and Delitzsch es importante:
Si dos hombres peleaban y tropezaban contra una mujer embarazada, que se había acercado a ellos o intervenido con el propósito de separarlos, y como resultado esta daba a luz al niño (venía al mundo), y no había daño ni para la mujer ni para el niño que nacía, se debía pagar una compensación pecuniaria, que determinaba el esposo de la mujer, y él debía pagarla por intermedio de árbitros. Se impone una multa, porque aunque no se había hecho daño a la mujer ni a los frutos de su vientre, tal golpe podía haber puesto en peligro la vida El plural se emplea con el propósito de hablar indefinidamente, porque podía ocurrir que había más de un hijo en el vientre.
«Mas si hubiere muerte [de la madre o del hijo] entonces pagarás vida por vida, herida por herida; de esta manera se debía hacer retribución perfecta.
Es interesante notar que el dispensacionalismo antinomiano no ve ley aquí ni en ninguna otra parte. Waltke, del Seminario Teológico de Dallas no ve ley contra el aborto aquí y hasta piensa que «el aborto era permisible en la ley del Antiguo Testamento».
La importancia de Éxodo 21: 22-25 se hace mucho más clara cuando nos damos cuenta de que este es una norma jurídica, o sea, que establece mediante un caso mínimo ciertas implicaciones mayores.

EXAMINEMOS ALGUNAS DE LAS IMPLICACIONES DE ESTE PASAJE.

Primero, muy obviamente, el texto cita, no un caso de aborto deliberado sino un caso de aborto accidental. Si el castigo por incluso un caso accidental era tan severo, es obvio que se prohíbe firmemente el aborto deliberadamente inducido. No es necesario prohibir el aborto deliberado, puesto que ya esta ley lo ha eliminado.
Segundo, la pena hasta por un aborto accidental es la muerte. Si un hombre que, en el curso de una pelea, sin intención tropieza con una mujer embarazada y la hace abortar, debe sufrir la pena de muerte, ¿cuánto mucho más cualquier persona que intencionalmente induce un aborto?
Tercero, aun cuando no resulte ningún daño ni para la madre ni para el feto, el hombre en el caso tiene que pagar una multa y, en efecto, se le multa. Claro, la ley protege mucho a la mujer embarazada y a su feto, así que toda madre encinta tiene un fuerte cerco de la ley a su alrededor.
Cuarto, puesto que incluso un ave madre con huevos o crías está cubierta por la ley (Dt 22: 6.7), se deduce que cualquier manipulación del hecho del nacimiento es asunto serio; se prohíbe destruir la vida excepto cuando la ley de Dios lo requiere o lo permite.
El cristianismo muy temprano se vio confrontado con hecho tan realidad del aborto, puesto que el mundo grecorromano lo consideraba válido si el estado lo consideraba aconsejable. La República de Platón habla muy claro sobre el asunto:
Se debe hacer regla el que una mujer tenga hijos para el estado desde los veinte a los cuarenta años; y que el hombre, después de superar las ráfagas más agudas en la carrera de la vida, de allí en adelante engendre hijos para el estado hasta que tenga cincuenta y cinco años.
Si un hombre mayor o menor de esta edad interfiere con la cuestión de engendrar hijos para la comunidad, declararemos su acto una ofensa contra la religión y la justicia. Puesto que está criando un hijo para el estado, si se evita su detección, en lugar de haber sido engendrado bajo la sanción de sacrificios y oraciones que deben ofrecer en toda ceremonia matrimonial los sacerdotes y sacerdotisas, y toda la ciudad, para que los hijos que nazcan puedan ser incluso más virtuosos y más útiles que sus padres virtuosos y útiles, habrán sido concebidos bajo la cubierta de la oscuridad con la ayuda de manifiesta incontinencia.
La misma ley regirá si un hombre, que todavía está en edad de ser padre, se mete con una mujer, que también tiene edad apropiada, sin la introducción del magistrado; porque lo acusaremos de criar para el estado un hijo ilegítimo, sin auspicio y no santo.
Pero tan pronto como las mujeres y los hombres pasan la edad prescrita, permitiremos a los últimos, me imagino, que se asocien libremente con quienquiera les plazca, siempre y cuando no sea una hija, ni madre, o la hija del hijo, ni abuela; y de igual manera permitiremos que las mujeres se asocien con cualquier hombre, excepto un hijo o padre, o uno de sus parientes en línea directa, en ascendencia o descendencia; pero solo después de darles órdenes estrictas de hacer lo mejor que puedan, si fuera posible, para evitar cualquier hijo, si resultare concebido, vea la luz, pero si eso no se puede hacer a veces, disponer del infante con el entendimiento de que el fruto de tal unión no se debe criar.
Eso también es un plan razonable; pero, ¿cómo deben distinguir a los padres, hijos, y parientes que acabas de describir?
Por nada, respondí; solo, todos los hijos que nacen entre el séptimo y décimo mes del que uno de esos números se casa, debe llamarles, si son varones, sus hijos, y si son hembras, sus hijas; y ellos deben llamarle padre, y a sus hijos llamará sus nietos; éstos también le llamarán a él y a sus esposos y esposas similares, abuelos y abuelas; de igual manera todos se consideraran como hermanos y hermanas los que nacieron en el mismo período durante el cual sus propios padres y madres los estaban trayendo al mundo; y cómo acabamos de decir, todos estos se abstendrán de tocarse uno al otro.
Pero la ley permitirá relaciones sexuales entre hermanos y hermanas, si la suerte cae de esa manera, y si las sacerdotisas delfianas también dan su sanción.
Según esta perspectiva, el estado es el orden máximo y el dios funcional del sistema, de modo que el estado puede ordenar el aborto, el infanticidio y el incesto. La posición de Aristóteles fue similar, en que exigía el aborto en donde se excedía el número de nacimientos permitidos por el estado. En Roma, cuando se hizo ilegal el aborto para las mujeres, no se hizo en base a la ley moral máxima, sino porque defraudaba al esposo de la prole legítima.
Muy temprano, la iglesia condenó el aborto (Didaqué, 2:2). Las Constituciones Apostólicas (VII, III) decían: «No matarás al hijo causando aborto, ni matarás lo que es engendrado; porque todo lo que es formado, y ha recibido de Dios un alma, si se mata, será vengado cómo habiendo sido destruido injustamente, Éx 21:
23». Tertuliano (Apol 9) dijo claramente la posición cristiana: «Interrumpir un nacimiento es meramente un homicidio más rápido; ni tampoco importa si quitas la vida que nació, o destruyes una que va a nacer. Este es un hombre que va a ser uno; tiene el fruto ya en su simiente».
La actitud moderna hacia el aborto ha sido cada vez más permisiva. Para A. E. Crawley la principal razón era la pobreza, diciendo, en efecto, que «con mayor frecuencia de lo que se piensa… la única razón es la pobreza». Haverlock Ellis vio la civilización encaminándose a una reducción en el aborto conforme la vida se vuelve más racional y científica. En otras palabras, el aborto no es pecado sino un remedio primitivo para la angustia económica y la conducta sexual desenfrenada.
Sin embargo, los abortos no han disminuido; la declinación de la autoridad de la ley bíblica ha llevado a un aumento en los abortos. En 1946, el caso de aborto de Inez Burns en San Francisco llevó al descubrimiento de que, en tanto que los nacimientos anuales eran 16.000, los abortos anuales en esa ciudad ascendían a 18.000. En 1958, los cálculos de abortos en los Estados Unidos iban de 200.000 a 1.200.000. La evidencia indica que la mayoría de abortos los buscan mujeres casadas.
Un programa extensivo de la década de 1960 afirmó el «derecho» de las mujeres al aborto, posición que asumió la Asociación de Salud Pública de los Estados Unidos.
En la Unión Soviética los abortos son legales y gratuitos. La legalización en California de los abortos terapéuticos, con una amplia definición que permitía el aborto si la salud mental o física de la madre podría sufrir daño, no detuvo los abortos ilegales; la respuesta del autor de la medida fue un ruego de ampliar aun más la ley.
Bajo el impacto de la ideología humanista, la situación legal se volvió muy nebulosa. En Boston, un niño nació debido a un aborto que produjo un accidente. Su madre, Zaven Torigian, demandó a los dueños de la camioneta por los daños recibidos al chocar contra su automóvil y hacer que su hijo naciera prematuramente. Esta sentencia estuvo en conformidad con la ley bíblica. Pero en Nueva York, la Sra. de Robert Stewart, que dio a luz a un hijo retardado después de contraer sarampión y habérsele negado un aborto, ganó una demanda contra el hospital que le negó el aborto.
Un estudio importante del aborto en las sociedades «primitivas» reveló que su principal función vengarse contra el padre, un aborrecimiento de la responsabilidad (los papúes de Geelvink Bay declaran: «Los hijos son una carga y nos cansamos de ellos. Nos destruyen»), un deseo de evitar la vergüenza, análogo del suicidio, un aborrecimiento de la vida, un odio a los hombres y castración del padre. Como una huida de la paternidad, la motivación del aborto es:
(1) La preservación de la belleza:
(2) el disfrute continuo de libertad e irresponsabilidad, y
(3) evitar la abstinencia sexual común en muchas culturas durante el embarazo y la lactancia.
La esencia de estos motivos es, según Deveraux, «una huida neurótica de la madurez». Que estas sociedades «primitivas» están conscientes de que el aborto es asesinato aparece en la sección de Deveraux, «La escatología del feto».
Un significativo argumento en contra del aborto apareció en la revista American Bar Association Journal, escrito por el Dr. A. C. Mietus, profesor de obstetricia y ginecología en la UCLA, y su hermano, Norbert J. Mietus, presidente de la División de Administración de Empresas de la Universidad Estatal de Sacramento. Según ellos, Dicen que los que deploran la pérdida de entre 5.000 a 10.000 madres anualmente en abortos ilegales ignoran el millón y más niños nonatos «sacrificados en el proceso de este ataque masivo a la vida humana».
Los hermanos Mietus dijeron que algunos justificarían el aborto en el caso de infantes nonatos que nacerían lisiados o defectuosos.
«¿Propondría algún médico de reputación de tratarlo en lisiados VIVOS, o en los que tienen defectos mentales o físicos, en comparables procedimientos a instancia propia? ¿Empezar por eliminar a los padres seniles; y luego a los millones de ciegos?
«¿Seguir luego con los que están confinados a la cama, después con los confinados en silla de ruedas y por último con los que usan muletas? Procédase gradualmente con la disposición de los millones que usan anteojos, que usan audífonos, o están equipados con dientes falsos, o son demasiado gordos o demasiado flacos.
«¿En dónde se traza la línea entre nivel de condición aceptable e inaceptable?» preguntaban los hermanos Mietus. «Ningún ser humano es perfecto.
¿Sería el mundo, todavía más, en realidad un mejor lugar después de la destrucción de millones de individuos defectuosos? ¿Ha ganado o perdido el mundo por los servicios de un Miguel Ángel epiléptico, o del sordo Edison, o del jorobado Steinmetz, o los Roosevelt: tanto el asmático Teodoro como el paralizado por la polio Franklin?
«Hay que reconocer que a las liberalizadas leyes del aborto lógicamente le seguirían las presiones por la eutanasia legalizada. El ataque a la vida es esencialmente el mismo», dijeron.
La esencia de la exigencia de aborto es volver al estatismo pagano, poner la vida de nuevo bajo el estado antes que bajo Dios. Las implicaciones del aborto tienen que ver más que con el feto: incluyen a todo hombre vivo.
La exigencia de aborto es antinomiana hasta la médula. Significativamente, cuando un grupo de mujeres jóvenes invadió la audiencia legislativa estatal de Nueva York para interrumpirla con su demanda del rechazo total de la ley contraria al aborto, declararon que «estaban cansadas de oír a los hombres debatir algo que era de interés primordial para las mujeres. “ ¿Qué derecho tienen ustedes los hombres de decirnos si podemos o no podemos tener un hijo?”, gritó una de las mujeres».
La lógica de esta posición es reveladora; las mujeres sostenían que los hombres no pueden legislar con respecto al alumbramiento, porque no son ellos los que dan a luz. La prueba de la validez legislativa tanto en la ley como en los legisladores es, por tanto, la experiencia. Por esta lógica, se puede aducir que los buenos ciudadanos no pueden legislar respecto al asesinato, puesto que el acto del asesinato está fuera de su experiencia.
La ideología humanista (y la filosofía religiosa de la experiencia) lo reducen todo a la prueba de la experiencia del hombre y de este modo socavan toda ley y orden. Los hombres que no pueden, como las mujeres, tener hijos pueden legislar con respecto al aborto porque el principio de la ley no es la experiencia sino la palabra-ley de Dios.
Una nota final: un caso retórico común de prueba pregunta si el médico debe intentar salvar la vida de la madre o del hijo en un caso crítico. ¿La vida de quien se debe sacrificar? ¿La del feto o de la madre? La pregunta es artificial, según médicos competentes. Un médico trabaja en una crisis para salvar la vida y hace todo lo que puede por la madre y el hijo.
Ningún médico al que se le preguntó ha tenido tal «alternativa», sino solo la responsabilidad de hacer siempre, momento por momento, todo por salvar la vida de la madre y del hijo. La moralidad no se promueve al plantear preguntas artificiales cuyo propósito es poner a una persona en el lugar que le corresponde a Dios.
En California, la ley liberalizada del aborto condujo rápidamente a una crisis muy seria, que la mayoría de las personas prefiere ignorar. El entonces gobernador Reagan observó, el 22 de abril de 1970, que la ley estaba produciendo una situación horrible:
Reagan dijo: «Exigió mucho examen de conciencia» para que firmara el edicto Bellenson de liberalización de 1967.
Según esa acta, los abortos se permiten cuando la salud física o mental de la madre en perspectiva corre peligro, o cuando el embarazo es producto de violación o incesto. Previamente, los abortos se permitían solo cuando corría peligro la vida de la mujer.
«Permítanme decirles lo que ha sucedido incluso con la liberalización que ya tenemos», les dijo Reagan a las mujeres. Señalando a la sección de salud mental, el gobernador añadió:
«Nuestro Departamento de Salud Pública nos ha dicho sus proyecciones de que si la tasa presente de aumento continúan en California, de aquí a un año habrá más abortos que nacimientos en este estado. Una gran proporción de ellos será financiada por Medi-Cal».
Dijo que «bajo un tecnicismo» una «joven soltera» puede quedar encinta, solicitar beneficencia pública «y automáticamente ser elegible para el aborto si lo quiere, bajo Medi-cal. Y todo lo que tienen que hacer es ir a un psiquiatra y están hallando que es fácil hacerlo, que pasará junto a su cama y dirá que tiene ellas tendencias suicidas».
Reagan dijo que en Sacramento «una muchacha de 15 años acababa de tener su tercer aborto, con el mismo psiquiatra cada vez diciendo que ella tenía tendencias suicidas. No pienso que el estado debiera dedicarse a ese negocio».

Mientras el gobernador hablaba, el senador Anthony Bellenson había presentado un proyecto de ley para eliminar todas las restricciones del aborto excepto el requisito de que debía hacerlo un médico. El candidato democrático a la gobernación, Jess Unruh, respaldó la propuesta de Bellenson.