INTRODUCCIÓN
Como hemos visto, el estado es
más que el verdugo de Dios; es el instrumento de Dios para la protección de la
vida santa al promover la justicia. Aunque hay muchos comentarios en los
escritos de Lutero que parecen dar sustancia a la reducción luterana del estado
al papel de verdugo, el efecto real de Lutero fue con mucho en otra dirección.
Rosenstock-Huessy señaló:
1. A LAS VIUDAS Y LOS HUÉRFANOS.
A ninguna viuda ni huérfano
afligiréis. Porque si tú llegas a afligirles, y ellos clamaren a mí,
ciertamente oiré yo su clamor; y mi furor se encenderá, y os mataré a espada, y
vuestras mujeres serán viudas, y huérfanos vuestros hijos (Éx 22: 22-24).
2. AL PRÓJIMO, O SEA, OTROS MIEMBROS
DEL PACTO.
Si vieres el asno de tu hermano,
o su buey, caído en el camino, no te apartarás de él; le ayudarás a levantarlo
(Dt 22: 4).
 3. AL POBRE
No pervertirás el derecho de tu
mendigo en su pleito. De palabra de mentira te alejarás, y no matarás al
inocente y justo; porque yo no justificaré al impío (Éx 23: 6, 7).
4. A PEREGRINOS, Y EXTRANJEROS.
Y al extranjero no engañarás ni
angustiarás, porque extranjeros fuisteis vosotros en la tierra de Egipto (Éx
22: 21).
Y no angustiarás al extranjero;
porque vosotros sabéis cómo es el alma del extranjero, ya que extranjeros
fuisteis en la tierra de Egipto (Éx 23: 9).
CUANDO EL EXTRANJERO MORARE CON
VOSOTROS EN VUESTRA TIERRA, NO LE OPRIMIRÉIS.
Como a un natural de vosotros
tendréis al extranjero que more entre vosotros, y lo amarás como a ti mismo;
porque extranjeros fuisteis en la tierra de Egipto. Yo Jehová vuestro Dios (Lv
19: 33, 34).
Porque Jehová vuestro Dios es
Dios de dioses y Señor de señores, Dios grande, poderoso y temible, que no hace
acepción de personas, ni toma cohecho; que hace justicia al huérfano y a la
viuda; que ama también al extranjero dándole pan y vestido. Amaréis, pues, al
extranjero; porque extranjeros fuisteis en la tierra de Egipto (Dt 10: 17-19).
No oprimirás al jornalero pobre y
menesteroso, ya sea de tus hermanos o de los extranjeros que habitan en tu
tierra dentro de tus ciudades. En su día le darás su jornal, y no se pondrá el
sol sin dárselo; pues es pobre, y con él sustenta su vida; para que no clame
contra ti a Jehová, y sea en ti pecado (Dt 24: 14, 15).
No torcerás el derecho del
extranjero ni del huérfano, ni tomarás en prenda la ropa de la viuda (Dt 24: 17).
Maldito el que pervirtiere el
derecho del extranjero, del huérfano y de la viuda. Y dirá todo el pueblo: Amén
(Dt 27: 19).
De estos versículos, como también
de los anteriores, sale a la luz un hecho importante.
Así que, si bien la ley bíblica
es severa en su condenación del delito, y la holgazanería (como testifica una
buena parte de Proverbios), es igualmente severa en su condenación de todos los
que oprimen al débil y al extranjero. Para usar los términos modernos, la
sociedad según la concibe la ley bíblica es competitiva y libre pero no
atomística. 
La esencia del capitalismo y del
comunismo moderno es que son atomísticos; como se ha disuelto la presuposición
necesaria de una sociedad verdadera, la fe bíblica, la sociedad ha sido
atomística e incapaz de establecer una verdadera comunidad. A fin de tener una
verdadera comunidad, primero, es necesaria la fe, un vínculo común de doctrina y prácticas
religiosas. 
Segundo, es necesaria una unidad religiosa
(«extranjeros fuisteis en la tierra de Egipto»), una consciencia de nuestros
orígenes y de la gracia de Dios. 
Tercero, al extranjero y a nuestro prójimo
por igual hay que amarlos como nos amamos nosotros mismos, o sea, concederles
el mismo respeto por su vida, familia, propiedad y reputación, en palabra,
pensamiento y obra que nosotros mismos deseamos. 
Cuarto, no solo hay que abstenerse de
oprimir al extranjero y al débil, sino que en su necesidad deben recibir
nuestra ayuda y atención. 
Quinto, el extranjero y el débil, las
viudas y huérfanos, deben recibir la misma justicia concienzuda en las cortes de
ley que concedemos a los grandes de nuestro día, o sea, sin favoritismo y con
el debido respeto por la ley y sus derechos ante la ley. Sexto, debe haber una medida de favoritismo
al creyente necesitado en los préstamos; deben ser sin intereses, y sus artículos
básicos necesarios («la ropa de la viuda») no se puede tomar como prenda.
Todavía más, a los obreros
contratados se les debe pagar al atardecer por su trabajo, «pues es pobre, y
con él sustenta su vida».
5. AL NECESITADO E INDEFENSO.
Estos aparecen en las
clasificaciones previas, pero con todo la ley los señala de manera singular y
específica, y Galer con razón da esto como una categoría diferente de
legislación. Ya se ha citado Deuteronomio 24: 14 y 27: 19. Levítico 19: 14: «No
maldecirás al sordo, y delante del ciego no pondrás tropiezo, sino que tendrás
temor de tu Dios. Yo Jehová», también se citó ya, en otro contexto.
6. A LOS ESCLAVOS Y SIERVOS:
Si comprares siervo hebreo, seis
años servirá; mas al séptimo saldrá libre, de balde. Si entró solo, solo
saldrá; si tenía mujer, saldrá él y su mujer con él. Si su amo le hubiere dado
mujer, y ella le diere hijos o hijas, la mujer y sus hijos serán de su amo, y
él saldrá solo. 
Y si el siervo dijere: Yo amo a
mi señor, a mi mujer y a mis hijos, no saldré libre; entonces su amo lo llevará
ante los jueces, y le hará estar junto a la puerta o al poste; y su amo le
horadará la oreja con lesna, y será su siervo para siempre (Éx 21:2-6).
Deuteronomio 24: 14, 15 (citado
arriba).
Si se vendiere a ti tu hermano hebreo
o hebrea, y te hubiere servido seis años, al séptimo le despedirás libre. Y
cuando lo despidieres libre, no le enviarás con las manos vacías. Le
abastecerás liberalmente de tus ovejas, de tu era y de tu lagar; le darás de
aquello en que Jehová te hubiere bendecido. Y te acordarás de que fuiste siervo
en la tierra de Egipto, y que Jehová tu Dios te rescató; por tanto yo te mando
esto hoy (Dt 15:12-15).
HABÍA QUE AYUDAR A LOS POBRES EN SUS NECESIDADES, PERO LA AYUDA NO
PODÍA SER SUBSIDIO.
Debido a su imposibilidad de
pagar sus deudas, algunos se hacían siervos por un período de no más de seis
años, hasta el próximo año sabático, o pequeño jubileo. Al siervo no solo había
que tratarlo bien, sino que había que despedirlo con una paga generosa por sus
servicios. (Este sistema de siervos era parte de la ley inglesa, y muchos
estadounidenses vienen de antepasados que llegaron a los Estados Unidos de
América vendiéndose como siervos por un sabbat de años). 
El siervo, sin embargo, no podía
tener lo mejor de ambos mundos, el mundo de la libertad y el mundo de la
servidumbre. Una esposa significaba responsabilidad, y para casarse, el hombre
debía tener una dote como evidencia de su capacidad para encabezar una familia.
Un hombre no podía adquirir el
beneficio de la libertad, una esposa, y al mismo tiempo el beneficio de la
seguridad bajo un amo. Si se casaba con una sierva o una esclava mientras era
siervo sabía que al hacerlo estaba abandonado la libertad o su familia.
Entonces, o se quedaba para siempre como esclavo con la familia y había que
perforarle la oreja como señal de subordinación (como las mujeres), o dejaba a
su familia. Si se iba y dejaba a su familia, si ganaba lo suficiente podía
redimir de la esclavitud a su familia. 
La ley aquí es humana pero nada
sentimental. Reconoce que algunos son por naturaleza esclavos y siempre lo serán.
A la vez requiere que se les trate de una manera piadosa y también que el esclavo
reconozca su posición y la acepte con gracia. 
El socialismo, al contrario, trata
de darle al esclavo todas las ventajas de la seguridad junto con los beneficios
de la libertad, y, en el proceso, destruye tanto al libre como al esclavizado.
Sigue siendo válido el viejo principio de ley, derivado de esta ley, de que el
que recibe beneficencia pública no puede ejercer el sufragio ni tener otros
derechos afines de un ciudadano libre.
7. REVERENCIA PARA LOS ANCIANOS.
«Delante de las canas te
levantarás, y honrarás el rostro del anciano, y de tu Dios tendrás temor. Yo
Jehová» (Lv 19: 32). De nuevo, la ley protege a los débiles; la protección se
extiende de este modo de los jóvenes (huérfanos) a los mayores.
8. CONSTRUCCIÓN DE BARANDAS
Cuando edifiques una casa nueva,
construye una baranda alrededor de la azotea, no sea que alguien se caiga de
allí y sobre tu familia recaiga la culpa de su muerte (Dt 22: 8).
Los eruditos a quienes les
encanta buscar paralelos de la ley bíblica en otros códigos legales antiguos no
pueden en esto (como en otros puntos) hallar un paralelo. Se establece un
principio de seguridad en la construcción de edificios, así como también un
principio general de responsabilidad. 
Los techos planos de entonces por
lo común se usaban para la vida en el verano; el techo debía tener un muro o
baranda para evitar caídas. El dueño de la propiedad tenía la responsabilidad
de eliminar ocasiones de daño a las personas legítimas en su tierra o en su
casa. La obligación de «dar vida» es la obligación de eliminar las fuentes
potenciales de daño.
9. REBUSCO Y OFRENDAS COMPARTIDAS.
Ya se ha citado esto. Los pasajes
que requieren el rebusco son Éxodo 23: 10, 11; Levítico 17: 2-9; 19: 9, 10; 23:
22; Deuteronomio 16: 10-14; 24: 19-21; Rut 2. Dos de estos pasajes no son
estrictos con referencia al rebusco (Lv 17: 2-9; Dt 16: 10-14), pero tienen
referencia a ofrendas compartidas, una forma de caridad para los pobres, los
extranjeros y los levitas.
Hay una referencia al rebusco en
el proverbio de Gedeón: «¿No es el rebusco de Efraín mejor que la vendimia de
Abiezer?» (Jue 8: 2). La interpretación o paráfrasis caldea de esto dice: «¿No
son los débiles de la casa de Efraín mejores que los fuertes de la casa de
Abiezer?». El rebusco exigía trabajo de parte del que recibía. Las ofrendas
compartidas ponían a los pobres, al extranjero y a los levitas dentro de la familia
del que daba mientras se regocijaban juntos ante el Señor. 
No era por entero ni
esencialmente caridad, puesto que el peregrino podía ser próspero, y el levita acomodado,
aunque el huérfano y la viuda a menudo eran necesitados (Dt 16: 10- 14). En
esencia, la ofrenda compartida establece su vida común bajo el gobierno de la
gracia de Dios. Las ofrendas compartidas y los rebuscos servían también para unir
a los hombres y promover la comunidad. Como San Pablo declaró: «Sobrellevad los
unos las cargas de los otros, y cumplid así la ley de Cristo» (Gá 6:2). 
Pero, con respecto a la
responsabilidad y el trabajo, como San Pablo añadió, «cada uno llevará su
propia carga» (Gá 6: 5). A los hombres se les hace «vivir» con la ayuda santa;
no se les hace «vivir» por aliviar sus responsabilidades santas. El comentario de
Herman N. Ridderbos sobre Gálatas 6:5 es de interés:
Todo hombre es culpable de su
conducta ante Dios. De aquí que uno debe conducirse como el versículo 4
recomienda. Carga esta vez no
se refiere tanto a un peso opresivo (como en el versículo 2), sino a la
obligación normal que recae sobre todo hombre. La palabra llevará connota la certidumbre de
este enunciado, así como también el juicio venidero, en donde se manifestará.
La falsa caridad destruye a los
hombres y a la sociedad porque «el corazón de los impíos es cruel» (Pr 12: 10),
pero una fiel adherencia a la ley del Señor da vida.
PUESTO QUE EL HOMBRE VIVE EN UN MUNDO CAÍDO, TIENE LA TAREA DE
RESTAURAR.
Dios lo delega, en todo aspecto
de autoridad, para que mate y dé vida a fin de restablecer el dominio que Dios
ordenó para el hombre en la creación de todas las cosas. El hombre nunca puede
establecer dominio sin imponer ambos aspectos de esta obligación bajo Dios y
según su ley. El solo matar no logra nada; los tiranos de la historia son
destructores. Stalin no ganó nada con todas sus matanzas inicuas, sino que dejó
a Rusia y al mundo más pobre y más arruinado con sus esfuerzos por establecer
el paraíso mediante la muerte. 
Pero, de modo similar, los que
tratan de evitar todo daño, toda muerte, como medio de producir un nuevo mundo
solo logran darle la victoria al mal. Sus tiernas misericordias son crueldad, y
al dar vida al mal producen muerte a la sociedad. Solo al observar fielmente el
mandato de Dios de matar y hacer vivir de acuerdo a su palabra-ley puede el
hombre establecer dominio sobre la tierra y lograr la requerida tarea de
restauración.